La Facultad de Ingeniería y Arquitectura junto con la Facultad de Derecho y Humanidades de la Universidad Central presentan:
Seminario: “Mecanismos Nacionales e Internacionales de Protección del Medio Ambiente y sus Defensores en el Marco de la COP 3 de Escazú”
Día miércoles 24 de abril de 2024 – desde las 15:00
Auditorio (Salón Rojo), Campus Gonzalo Hernández Uribe (GHU)
Dirección: Lord Cochrane 417, Santiago – Estación de Metro Parque Almagro (Línea 3).
Modalidad: Híbrida – Link de Inscripción previa para webinario Zoom: https://us06web.zoom.us/webinar/register/WN_OSj6M2jUR3SE81fsVlozQw
El “Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe”, más conocido como Acuerdo de Escazú, fue adoptado en Costa Rica, el 4 de marzo del año 2018. Se trata de un instrumento jurídico regional que pretende no sólo proteger el medio ambiente, sino también los derechos humanos.
El Acuerdo surgió para implementar el principio 10 de la Declaración de Río del año 2012, suscrita en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible, en donde los Estados participantes llegaron a la siguiente conclusión: “El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda. En el plano nacional, toda persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente de que dispongan las autoridades públicas […], así como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones. Los Estados deberán facilitar y fomentar la sensibilización y la participación de la población poniendo la información a disposición de todos. Deberá proporcionarse acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos, entre éstos el resarcimiento de daños y los recursos pertinentes”.
De acuerdo con el artículo 1° del Acuerdo, el objetivo de este tratado internacional es “garantizar la implementación plena y efectiva en América Latina y el Caribe de los derechos de acceso a la información, a la participación pública y al acceso a la justicia en asuntos ambientales […], contribuyendo a la protección del derecho de cada persona, de las generaciones presentes y futuras, a vivir en un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible”.
En la actualidad el Acuerdo ha sido ratificado por 15 países: Antigua y Barbuda, Argentina, Belice, Bolivia, Chile, Ecuador, Granada, Guyana, México, Nicaragua, Panamá, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía y Uruguay. Además, cuenta con 10 países firmantes cuya ratificación está pendiente: Brasil, Colombia, Costa Rica, Dominica, Guatemala, Haití, Jamaica, Paraguay, Perú y República Dominicana.
Inspirados en este importante Acuerdo, Chile sin Ecocidio y la Fundación Stop Ecocidio, en conjunto con la Universidad Central de Chile, han organizado el presente seminario comprendiendo que la tipificación del ecocidio como un crimen de carácter nacional a través de leyes internas, y de carácter internacional mediante la enmienda del Estatuto de Roma, contribuyen a la protección de la Naturaleza y de los derechos humanos, permitiendo un acceso a la justicia en situaciones de grave afectación ambiental. Estos son objetivos compartidos con el Acuerdo de Escazú por lo que, el establecimiento de delitos penales ambientales y el Acuerdo, son instrumentos complementarios.
La tercera reunión de la Conferencia de las Partes COP3 de Escazú, que se llevará a cabo en la CEPAL ubicada en Santiago entre los días 22 a 24 de abril del año 2024, se enfocará en consensuar la manera de implementar el Acuerdo, basado en el diálogo entre los distintos actores abocados a la protección de la Naturaleza y los gobiernos de los Estados Parte.
15:00 hrs.
Panel I: “El acceso a la justicia en los instrumentos legales de protección ambiental”
Grupo objetivo: Defensores ambientales y comunidad universitaria.
Temática: El Acuerdo de Escazú tiene entre sus objetivos centrales el acceso a la información y a la justicia ambiental, del cual el derecho penal ambiental es su necesario complemento.

17:00 hrs.
Panel II: “El enfoque de género en la defensa de los Territorios y la Naturaleza frente al Acuerdo de Escazú”
Grupo objetivo: Mujeres, disidencias, NNA, pueblos originarios, defensores ambientales, sociedad civil y comunidad universitaria.
Temática: Este panel se enfocará en abordar una perspectiva de género respecto a mecanismos de participación convenientes, medidas adecuadas y efectivas para reconocer, proteger y promover los derechos de los pueblos y de las personas defensoras de los derechos humanos en asuntos ambientales, sobre todo respecto a mujeres, niñas, niños y adolescentes, pueblos originarios y disidencias, que más fuertemente reciben los efectos negativos de la triple crisis ambiental que vivimos.
También se abocará en levantar un diagnóstico del estado actual del cumplimiento de los compromisos adoptados en este Acuerdo en Chile y en los diversos territorios representados en el Panel.
El Acuerdo de Escazú plantea que cada Parte deberá garantizar el derecho de participación de la ciudadanía en asuntos ambientales, mientras el artículo 9° establece que se garantizará un entorno seguro y propicio para defensores ambientales para que puedan actuar sin amenazas, restricciones o inseguridad.

